Registro 251390 - INCOMPETENCIA SOBREVENIDA, EXCEPCION DE No le asiste razón al peticionario de garantías cuando afirma que en el caso se está en presencia de una incompetencia sobrevenida y que, en consecuencia, no es nulo lo actuado por el Juez declarado incompetente, en términos del artículo 115 del Código de Procedimientos Civiles, ya que esa excepción a la regla invocada se produce cuando iniciado el